Argentina – Buscan dar marco jurídico a la actividad de peritos médicos

Argentina – Buscan dar marco jurídico a la actividad de peritos médicos

El diputado socialista Eduardo Siri ingresó un proyecto de ley proponiendo regular la actuación y prestación de servicios de los Peritos Médicos que intervienen en sus diversas especialidades en el ámbito judicial de la Provincia del Chaco. “Actualmente, existe un natural desaliento de los profesionales a partir de reglas de juego que no son claras”, fundamenta la iniciativa parlamentaria.

El extenso trabajo legislativo contiene 34 artículos por los cuales se pretende regular la actuación de los profesionales médicos que intervienen en parte o de oficio en peritajes judiciales. En el mismo se establece que serán “peritos médicos idóneos” los profesionales universitarios con título habilitante, otorgados por Universidades Nacionales o Provinciales reconocidas por el Ministerio de Educación de la Nación. Estos deberán ser Médicos Legistas y/o especialistas en medicina del trabajo, con amplio conocimiento del derecho y jurisprudencia, sobre todo en cuestiones civiles y/o laborales.

También se determina que a los Peritos Médicos que actúan en el ámbito de la Justicia, les serán regulados sus honorarios según las disposiciones de la presente Ley, los que revestirán el carácter de orden público y serán considerados de propiedad del profesional actuante y de carácter alimentario.

De aprobarse el proyecto de ley, para regular los honorarios de los Peritos Médicos se tendrá en cuenta:

a)- El monto del asunto, si fuera susceptible de apreciación monetaria. b)- El valor, motivo y calidad profesional de la labor desarrollada. c)- La complejidad de las cuestiones planteadas. d)- La responsabilidad emergente de la actuación profesional. e)- El resultado obtenido. f)- Las actuaciones esenciales establecidas por la Ley para el desarrollo del proceso. g)- Cantidad de presentaciones e informes producidos. h)- La trascendencia económica y moral que para los interesados revista la cuestión en debate. i)- Las distancias recorridas en virtud de los requerimientos del caso planteado. j)- El tiempo empleado en la ejecución de la pericia, siempre que la tardanza no fuera imputable al profesional.

Cuando haya valor en juego en la actuación del Perito Médicos sus honorarios serán regulados de acuerdo a lo dispuesto en el art. 19, estableciéndose un mínimo del 5% y un máximo de 10% de la base monetaria del proceso. Se tendrá en cuenta la siguiente escala: Hasta $10000 10%; De $10001 a $20000 9% ; De $20001 a $30000 8% ; De $30001 a $40000 7% ; De $40001 a $50000 6%; De $50001 en adelante 5%.

NATURAL DESALIENTO

El legislador considera en su propuesta que la tarea que cumplen los peritos médicos no solo sirve de piso o basamento legal para el justo dictamen, sino que además conllevan la carga adicional de la responsabilidad profesional que se pone en juego en la toma de decisiones controversiales.

“Por otra parte existe un natural desaliento de los profesionales, a partir de reglas de juego que no son claras en la fijación de las retribuciones y honorarios correspondientes a la labor realizada, como así tampoco en la percepción en tiempo y forma de los mismos, establecidos sin escala, ni parámetro alguno que determine las diferencias de calidad entre una labor y otra”, agrega en los fundamentos del proyecto de ley por el cual pretende aportar a la solución integral del problema que se plantea.

Fuente: datachaco.com

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